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Documento BOE-A-1995-4552

Resolución de 30 de enero de 1995, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas a festivales, muestras, congresos y certámenes de danza durante 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 1995, páginas 5972 a 5974 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1995-4552

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 9 de enero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 11) establece las normas reguladoras de las ayudas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), facultando por su punto decimocuarto al Director general del INAEM para realizar las convocatorias correspondientes a cada una de las modalidades que se establecen en la misma.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Se convocan 10 ayudas destinadas a festivales, muestras, congresos y certámenes de danza que se desarrollen durante 1995.

Segundo.-La dotación global destinada a esta modalidad de ayudas en el ejercicio económico de 1995 es de 50.000.000 de pesetas, limitándose la cuantía máxima de cada ayuda a 15.000.000 de pesetas.

Tercero.-La financiación de las ayudas objeto de esta convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 24.207-441, 24.207-461, 24.207-473 ó 24.207-481 del programa 456-A «Música», del vigente presupuesto de gastos del organismo.

Cuarto. 1. La solicitud, dirigida al ilustrísimo señor Director general del INAEM, se realizará en los modelos que se acompañan como anexos I y II a la presente Resolución, debiendo cumplimentarse en todos sus apartados.

2. A las solicitudes deberá adjuntarse la documentación e información que se determina en el punto decimosexto de la Orden de 9 de enero de 1995.

Quinto.-El plazo para la presentación de solicitudes finalizará a los treinta días, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución.

Sexto.-Será órgano competente para la instrucción del procedimiento el Departamento Musical del INAEM.

Séptimo.-Para la concesión de las ayudas se tomarán en consideración los siguientes criterios:

1. La relevancia cultural, así como la proyección nacional e internacional de los mismos.

2. La calidad artística del conjunto de la programación.

3. El fomento de la creación actual y la recuperación de obras de interés histórico y artístico en las distintas lenguas oficiales españolas.

4. La promoción de nuevos públicos.

5. La trayectoria del solicitante, así como la cualificación de los equipos de dirección y gestión.

Octavo.-Las solicitudes serán informadas por una Comisión integrada por los siguientes miembros:

Presidente: Don Juan Francisco Marco Conchillo, Director general del INAEM.

Vicepresidente: Don Francisco Cánovas Sánchez, Subdirector general del Departamento Musical del INAEM.

Vocales: Don José Greller Friesel (José Granero), don Agustí Ros Vilanova, doña Carmen Roche Rubio, don Alberto Martín Expósito y don Guillermo Heras Toledo.

Secretaria: Doña Elena de Juan García, funcionaria de carrera del Instituto, que actuará con voz pero sin voto.

Noveno.-El plazo de resolución será de tres meses, a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Décimo.-Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a difundir la colaboración del INAEM en la actividad por los medios de promoción que se utilicen y especialmente hacer constar el logotipo del Instituto en el material impreso que se difunda.

Undécimo.-La justificación de la subvención deberá realizarse antes del 30 de enero de 1996, mediante la presentación de los documentos que se señalan en el punto decimonoveno de la Orden de 9 de enero de 1995.

Duodécimo.-La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en la Orden de 9 de enero de 1995.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 30 de enero de 1995.-El Director general, Juan Francisco Marco Conchillo.

(ANEXOS OMITIDOS)

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