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Documento BOE-A-1995-472

Orden de 20 de diciembre de 1994 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 2.007/1992, promovido por don Manuel Zapatero Lacalle y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 1995, páginas 653 a 654 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-472

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 18 de enero de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 2.007/1992, en el que son partes, de una, como demandantes, don Manuel Zapatero Lacalle y otros, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Letrado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 24 de septiembre de 1987, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra las Resoluciones de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de diversas fechas, sobre compatibilidad.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Zapatero Lacalle, don José Ramón Suárez Pintado, don Jerónimo Sandiumenge Bech, don Pablo Sánchez Creus, don Carlos Cerquella Hernández y don Emilio Manrique Gil, dirigidos y representados por el Letrado señor don Ricardo de Lorenzo y Montero, contra la Administración del Estado, dirigida y representada por el Abogado del Estado, sobre Resolución de 1, 11 y 30 de junio y 16 de julio de 1987 de la Dirección General de Servicios del Ministerio para las Administraciones Públicas, actuando por delegación, relativa a incompatibilidad en el desempeño de puestos de trabajo, debemos declarar y declaramos ser ajustadas a derecho las resoluciones impugnadas, y en consecuencia debemos confirmarlas y las confirmamos; sin imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 20 de diciembre de 1994.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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