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Documento BOE-A-1995-4804

Decreto 15/1995, de 26 de enero, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor del «Consulado del Mar», en Burgos.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 1995, páginas 6359 a 6359 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1995-4804

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 20 de julio de 1994, incoó expediente de declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, a favor del «Consulado del Mar», en Burgos.

De conformidad con lo establecido en los artículos 1 y 2 del Decreto 87/1991, de 22 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se establece el órgano competente para la resolución de expedientes en materia de bien de interés cultural de competencia de la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Cultura y Turismo ha propuesto declarar bien de interés cultural dicho inmueble con la categoría de monumento y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español; Real Decreto 111/1986, Decreto 87/1991, de 22 de abril, de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, visto el informe de la Asesoría Jurídica de esta Consejería, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 26 de enero de 1995, dispongo:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el «Consulado del Mar», en Burgos.

Artículo 2.

El entorno afectado por la incoación del expediente para la declaración como monumento está comprendido por las fincas números: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 16 de la manzana 22800 del plano anexo, englobadas entre el paseo del Espolón y la calle de la Sombrerería.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son los que constan en el plano y demás documentación que obra en el expediente de su razón.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación.

Valladolid, 26 de enero de 1995.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan José Lucas Jiménez.-El Consejero de Cultura y Turismo, Emilio Zapatero Villalonga.

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