Como consecuencia del expediente incoado en aplicación del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, a instancia de «Oki Systems (España), Sociedad Anónima», con domicilio social en Madrid, Goya, 9, código postal 28001,
Esta Dirección General ha resuelto otorgar el certificado de aceptación al terminal facsimil G-3, con discriminador, marca «Alcatel», modelo 700, con la inscripción E 99 94 0735, que se inserta como anexo a la presente Resolución.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 18.2 del Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, la validez de dicho certificado queda condicionada a la obtención del número de inscripción en el Registro de Importadores, Fabricantes o Comercializadores que otorgará la Administración de Telecomunicaciones.
Madrid, 19 de diciembre de 1994.-El Director general, Javier Nadal Ariño.
ANEXO
Certificado de aceptación
En virtud de lo establecido en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, en relación con los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que se refiere el artículo 29 de dicho texto legal, aprobado por Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto («Boletín Oficial del Estado» número 212, de 5 de septiembre), se emite por la Dirección General de Telecomunicaciones el presente certificado de aceptación, para el
Equipo: Terminal facsímil G-3, con discriminador.
Fabricado por: «Taiwan Telecomunica. Ind. Co. Ltd.», en Taiwán.
Marca: «Alcatel».
Modelo: 700.
por el cumplimiento de la normativa siguiente:
Real Decreto 1584/1990, de 30 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre), y Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 15 de noviembre), /
con la inscripción / E / E 99 94 0735 /
y plazo de validez hasta el 31 de diciembre de 1999.
Y para que surtan los efectos previstos en el punto 17 del artículo 1 de la Ley 32/1992, de 3 de diciembre, de modificación de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones («Boletín Oficial del Estado» número 291, del 4), expido el presente certificado en los términos establecidos en el artículo 14.2 del Real Decreto 1066/1989.
Madrid, 19 de diciembre de 1994.-El Director general de Telecomunicaciones, Javier Nadal Ariño.
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