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Documento BOE-A-1995-5122

Acuerdos de 14 y 21 de febrero de 1995, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por los que se anuncia concurso para la provisión de los Juzgados que se citan entre miembros de la Carrera Judicial, con categoría de Juez.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 28 de febrero de 1995, páginas 6736 a 6737 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1995-5122

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 326, 327, 329.1 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, por la que se reforma la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como la Orden de 7 de febrero de 1995 de la Comisión Permanente, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en sus reuniones del día 14 y 21 de febrero de 1995, ha acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con categoría de Juez, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-No podrán tomar parte en el concurso:

a) Los Jueces electos.

b) Los que se hallaren en situación administrativa de suspensión definitiva.

c) Los sancionados con traslado forzoso hasta que transcurra el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proceso sancionador.

d) Los que hubieran sido designados a su instancia para cualquier cargo judicial de provisión reglada, hasta transcurridos tres años desde la fecha de su nombramiento.

Los que hubieran sido designados a su instancia para cualquier cargo judicial de provisión reglada en resolución de concurso convocado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 16/1994, de 8 de noviembre, no podrán deducir petición hasta transcurridos dos años desde la fecha de su nombramiento.

e) Los Jueces que hayan obtenido primer destino en tal categoría no podrán deducir petición hasta transcurridos dos años desde el nombramiento, cualquiera que hubiera sido el sistema o el momento de su nombramiento.

Los Jueces que hayan obtenido primer destino en tal categoría con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 16/1994, de 8 de noviembre, no podrán deducir petición hasta transcurrido un año desde el nombramiento o ascenso cualquiera que hubiera sido el sistema o el momento de su nombramiento.

Segunda.-Deberán participar en este concurso los Jueces en situación administrativa de excedencia voluntaria que hubieren solicitado el reingreso al servicio activo y hayan obtenido la correspondiente declaración de aptitud.

También deberán participar, en su caso, los Jueces suspensos que finalizado el período de suspensión hubieran solicitado el reingreso al servicio activo y hayan obtenido la correspondiente declaración de aptitud.

Los reingresados al servicio activo, procedentes de excedencia voluntaria o suspensión definitiva que obtengan destino en este concurso, no podrán deducir nueva petición hasta transcurridos dos años desde su nombramiento.

Tercera.-El concurso para la provisión de las plazas anunciadas se resolverá en favor de los Jueces solicitantes que ocupen el mejor puesto escalafonal.

Cuarta.-Los destinados a su instancia para alguna de las plazas anunciadas no podrán solicitar traslado hasta transcurridos tres años desde la fecha de su nombramiento para las mismas.

Quinta.-Las solicitudes de destino serán presentadas en el Consejo General del Poder Judicial, Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Las peticiones que se formulen en forma condicionada o no aparezcan redactadas con claridad carecerán de validez, al igual que las modificaciones o anulaciones efectuadas transcurrido el plazo anterior.

Las solicitudes se podrán presentar también a través de las oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Sexta.-Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado aprobado por la Comisión Permanente y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», del día 29 de octubre de 1992, como anexo al acuerdo de la Comisión Permanente de fecha 20 de octubre.

En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciaría de nuevo el plazo señalado en la base quinta de esta convocatoria para la solicitud de las plazas afectadas por el error.

Relación de plazas que se anuncian

Comunidad Autónoma de Andalucía

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huércal-Overa (Almería).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto de Santa María (Cádiz).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lucena (Córdoba).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ayamonte (Huelva).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Palma del Condado (Huelva).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Carolina (Jaén).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Marchena (Sevilla).

Comunidad Autónoma de Aragón

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Calatayud (Zaragoza).

Comunidad Autónoma de Canarias

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto de la Cruz (Santa Cruz de Tenerife).

Comunidad Autónoma de Castilla y León

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ponferrada (León).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Carrión de los Condes (Palencia).

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Illescas (Toledo), artículo 118.

Comunidad Autónoma de Cataluña

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Gavá (Barcelona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Igualada (Barcelona).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Balaguer (Lleida).

Comunidad Autónoma Valenciana

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Denia (Alicante).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Elda (Alicante).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Villena (Alicante).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Segorbe (Castellón).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Moncada (Valencia).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Paterna (Valencia).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Picassent (Valencia).

Comunidad Autónoma de Galicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Corcubión (La Coruña).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Cangas de Morrazo (Pontevedra).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cangas de Morrazo (Pontevedra).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lalín (Pontevedra).

Comunidad Autónoma de Madrid

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Arganda del Rey (Madrid).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Majadahonda (Madrid).

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San Lorenzo de El Escorial (Madrid).

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San Javier (Murcia).

Madrid, 21 de febrero de 1995.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

SALA SANCHEZ

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