La entidad «Compañía Española de Reaseguros, Sociedad Anónima» (En liquidación), se encuentra autorizada para el ejercicio de la actividad reaseguradora.
De las comprobaciones efectuadas se desprende que resulta de aplicación la causa de revocación de la autorización administrativa prevista en el artículo 29.1.f) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, y artículo 86.1.f) del Reglamento para su aplicación de 1 de agosto de 1985 («Boletín Oficial del Estado» de 3, 5 y 6 de agosto).
En consecuencia, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Seguros, ha acordado lo siguiente:
Primero.-Revocar a la entidad «Compañía Española de Reaseguros, Sociedad Anónima» (En liquidación), la autorización administrativa para ejercer la actividad reaseguradora privada, conforme a lo dispuesto en el artículo 29.1.f) de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, procediendo, en consecuencia, la suspensión inmediata por parte de la entidad de la contratación de nuevas operaciones de reseguro y a la liquidación de las ya existentes, conforme a lo previsto en el artículo 29.5 de la citada Ley.
Segundo.-Inscribir en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras la revocación de la autorización administrativa para ejercer la actividad aseguradora privada, según lo establecido en el artículo 30 de la Orden de 7 de septiembre de 1987, por la que se desarrollan determinados preceptos del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado.
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 1 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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