Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-5427

Resolución de 18 de enero de 1995, de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura, por la que se dispone la publicación de la ampliación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Junta de Extremadura para el realojamiento de los ocupantes de la unidad vecinal de absorción (Barriada de la paz), de Mérida.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1995, páginas 7091 a 7092 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-5427

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Junta de Extremadura el día 27 de diciembre de 1994 una ampliación del Convenio de colaboración para el realojamiento de los ocupantes de la unidad vecinal de absorción (barriada de La Paz), de Mérida, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 18 de enero de 1995.-El Director general, Borja Carreras Moysi.

AMPLIACION DEL CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE Y LA JUNTA DE EXTREMADURA PARA EL REALOJAMIENTO DE LOS OCUPANTES DE LA UNIDAD VECINAL DE ABSORCION (BARRIADA DE LA PAZ), DE MERIDA

En Madrid a 27 de diciembre de 1994.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don José Borrell Fontelles, Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, en nombre y representación de Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

De otra, el excelentísimo señor don Eugenio Alvarez Gómez, Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, en nombre y representación de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada una interviene con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Convenio, y al efecto

EXPONEN

Que con fecha 27 de diciembre de 1989 se suscribió entre las instituciones representadas un Convenio de colaboración para el realojamiento de los ocupantes de la unidad vecinal de absorción (barriada de La Paz), de Mérida.

En fecha 25 de octubre de 1993 se suscribía ampliación a dicho Convenio, y de acuerdo con lo establecido en los mismos se han llevado a cabo las actuaciones previstas, dentro de las disponibilidades financieras contempladas en los citados Convenios.

Que resulta preciso ampliar las actuaciones desarrolladas hasta la fecha con objeto de completar y asegurar el cumplimiento de la finalidad prevista de restituir a los habitantes de dicha barriada las condiciones de vivienda digna que establece la Constitución Española, que para ello resulta necesario el concurso de las Administraciones representadas, en ejercicio de sus facultades y en consideración al interés social de las actuaciones indicadas y al coste de las mismas, que excede de las posibilidades económicas de los habitantes de la unidad vecinal indicada, por lo general núcleos familiares de escasos recursos.

Que en los Presupuestos Generales del Estado para 1994 aprobados por la Ley de 21/1993, de 29 de diciembre, existe una consignación por importe de 100.000.000 de pesetas con aplicación al concepto 17.09.431A.757 para la finalidad indicada.

En su virtud, las partes representadas otorgan el presente Convenio de ampliación con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS

Primera.-La Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente se compromete a aportar durante el ejercicio 1994 hasta un total de 100.000.000 de pesetas para la ejecución de las actuaciones de realojamiento de los habitantes de la unidad vecinal de absorción (barriada de La Paz), de Mérida, en concepto de subvención a fondo perdido.

La financiación del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente a través de la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura estará supeditada al desarrollo efectivo de las actuaciones, siendo susceptible, en su caso, de reajuste a anualidades posteriores.

Segunda.-La Dirección General de Vivienda de la Junta de Extremadura se compromete a aportar durante el ejercicio 1994 hasta un total de 100.000.000 de pesetas para la misma finalidad indicada en la cláusula primera.

Tercera.-La Junta de Extremadura arbitrará un procedimiento de distribución que asegure los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas.

Cuarta.-La gestión de las actuaciones será a cargo de la Dirección General de Vivienda de la Junta de Extremadura, permaneciendo vigentes las restantes estipulaciones del Convenio de 27 de diciembre de 1989, cuya ampliación se acuerda por el presente documento, en particular los relativos a elaboración y aprobación del plan de actuaciones, forma de pago de las aportaciones económicas, competencias y funciones de la Comisión de seguimiento prevista en aquél.

Quinta.-La efectividad de la presente ampliación tendrá lugar a partir de la fecha de suscripción de la misma, finalizando a la terminación de las actuaciones que constituyen su objeto.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes lo firman en el lugar y fecha en su encabezamiento indicados.-El Ministro de Obras Públicas, Transportes Medio Ambiente, José Borrell Fontelles.-El Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Medio Ambiente, Eugenio Alvarez Gómez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid