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Documento BOE-A-1995-5444

Orden de 10 de febrero de 1995 por la que se modifica la capacidad del centro privado de Bachillerato «Montealto», de Madrid, por ampliación de una unidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1995, páginas 7099 a 7099 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-5444

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de doña Almudena Valdor del Castillo, en su calidad de representante de la titularidad del centro docente privado de Bachillerato denominado «Montealto», con domicilio en calle La Masó, número 76, de Madrid, en solicitud de modificación de su autorización por ampliación de unidades,

Este Ministerio ha dispuesto:

Conceder la ampliación de una unidad con 35 puestos escolares al centro que se relaciona a continuación, que queda configurado de la forma siguiente:

Provincia: Madrid.

Municipio: Madrid.

Localidad: Madrid.

Denominación: «Montealto».

Domicilio: Calle La Masó, número 76.

Titular: Fomento de Centros de Enseñanza.

Clasificación con carácter definitivo como centro homologado de Bachillerato con 12 unidades y 475 puestos escolares, modificándose las Ordenes de 30 de septiembre de 1978, de 2 de junio de 1982, de 21 de enero de 1989 y de 23 de octubre de 1992, en cuanto a la capacidad. Los nuevos datos se inscribirán en el Registro de Centros.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del centro de adaptarse, en cuanto a número de puestos escolares y relación máxima Profesor/alumnos por unidad escolar, a lo dispuesto en el citado Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio.

Asimismo, el centro deberá proceder a la sustitución de las enseñanzas a que se refiere esta Orden por las previstas en la disposición adicional octava, 2.c), de la Ley Orgánica 1/1990, en la forma y plazos que se determinan en el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

El centro habrá de solicitar la oportuna revisión cuando haya variación de los datos que se especifican en la presente Orden, especialmente en cuanto a su capacidad, que no podrá sobrepasar sin nueva autorización.

Contra esta Orden podrá interponerse ante la Audiencia Nacional recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde su notificación, previa comunicación a este Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y en el artículo 110, apartado 3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos.

Madrid, 10 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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