Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (La Coruña), con fecha 10 de noviembre de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 4.758/1993, promovido por «Pesquerías Mar Azul, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Pesquerías Mar Azul, Sociedad Anónima", contra resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 12 de abril de 1993, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra otra de la Dirección General de Recursos Pesqueros de 18 de mayo de 1992, por la que se impone al patrón del pesquero "Troita" una multa de 4.000.000 de pesetas, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria de la empresa armadora; anulamos dichas resoluciones por ser contrarias a derecho; sin hacer especial condena en costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 20 de febrero de 1995.-P. D. (Orden 30 de julio de 1990), el Director general de Servicios, Francisco Javier Velázquez López.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Recursos Pesqueros.
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