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Documento BOE-A-1995-5513

Orden de 8 de febrero de 1995 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso contencioso-administrativo número 856/1994, interpuesto por don José Manuel Martínez Vega.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1995, páginas 7134 a 7134 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1995-5513

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 23 de noviembre de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sección Segunda), en el recurso contencioso-administrativo número 856/1994, promovido por don José Manuel Martínez Vega, contra resolución expresa de la pretensión del recurrente de que la cuantía de todos los trienios reconocidos sea la correspondiente al grupo al que actualmente pertenece, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallo: En atención a lo expuesto, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias ha decidido desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Manuel Martínez Vega, en su propio nombre y representación, contra Resolución de fecha 24 de marzo de 1994, dictada por el señor Subdirector general de Personal del Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), representada la Administración demandada por el Procurador don Luis Alvarez Fernández, acuerdo que mantenemos por ser conforme a derecho, sin hacer pronunciamiento expreso sobre las costas procesales.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 8 de febrero de 1995.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.

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