Visto el expediente de indulto de don Antonio Redondo Prado, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Huelva, en sentencia de fecha 1 de junio de 1993, como autor de un delito de robo con violencia, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público, por hechos cometidos el día 19 de septiembre de 1991, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 1995,
Vengo en indultar a don Antonio Redondo Prado la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 10 de febrero de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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