Visto el expediente instruido a instancia de don Javier Lombide Lasa, en nombre y representación de «Euskovene, Sociedad Limitada», en solicitud de la concesión del título-licencia de Agencia de Viajes Minorista, y
Resultando que la solicitud de dicha empresa cumple los requisitos establecidos en el artículo 4.º, 1, del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 29), que regula el ejercicio de las actividades de las agencias de viajes, y que se acompaña a dicha solicitud la documentación necesaria, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 5.º de las Normas Reguladoras de las Agencias de Viajes, aprobadas por Orden de 14 de abril de 1988 («Boletín Oficial del Estado» del 22);
Resultando que, tramitado el oportuno expediente por la Dirección General de Estrategia Turística, se estima que reúne los requisitos exigidos por los artículos 1.º y 5.º de las Normas Reguladoras citadas;
Considerando que en la empresa solicitante concurren todas las condiciones exigidas por el Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, y por la Orden de 14 de abril de 1988 para la obtención del título-licencia de Agencia de Viajes,
En su virtud, esta Presidencia, en uso de las competencias establecidas por el Estatuto Ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas, aprobado por el Decreto 231/1965, de 14 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 20 de febrero); por el Real Decreto 2488/1978, de 25 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre), sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado al Consejo General del País Vasco; por el Real Decreto 1289/1993, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 31), por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Comercio y Turismo; por el Real Decreto 1693/1994, de 22 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 23), por el que se reorganiza la Secretaría General de Turismo, ha tenido a bien disponer:
Primero.-Se concede el título-licencia de Agencia de Viajes Minorista a «Euskovene, Sociedad Limitada», con el código identificativo de Euskadi (CIE número 2.134) y sede social en San Sebastián (Guipúzcoa), calle José Arana, 4, bajo, pudiendo ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», con sujeción a los preceptos del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo; de la Orden de 14 de abril de 1988 y demás disposiciones aplicables.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 1 de febrero de 1995.-El Presidente del Instituto de Turismo de España, Miguel Góngora Benítez de Lugo.
Ilmo. Sr. Director general de Estrategia Turística.
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