En el recurso contencioso-administrativo número 724/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Sigma Tau España, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 18 de noviembre de 1991, se ha dictado, con fecha 10 de junio de 1993, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Ramírez Plana, actuando en nombre y representación de "Sigma Tau España, Sociedad Anónima", contra las Resoluciones a que estas actuaciones se contraen y cuyo acuerdo, por no ser conforme a derecho, debemos anular y anulamos y declarando procedente la concesión de la marca solicitada y sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de febrero de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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