Está Vd. en

Documento BOE-A-1995-654

Orden de 20 de diciembre de 1994 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de noviembre de 1994 en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en fecha 1 de junio de 1994 por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo 1/400/1993, interpuesto por don Celso Diego Somoano.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 1995, páginas 967 a 967 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-654

TEXTO ORIGINAL

EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NUMERO 1/400/1993, INTERPUESTO POR DON CELSO DIEGO SOMOANO CONTRA LA DESESTIMACION DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL REFERIDO DEMANDANTE AL CONSEJO DE MINISTROS SOBRE INDEMNIZACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA APLICACION DEL ARTICULO 33 DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, DE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCION PUBLICA, ACORDADA POR EL CONSEJO DE MINISTROS CON FECHA 16 DE OCTUBRE DE 1992 Y CONFIRMADA EN REPOSICION POR ACUERDO DEL PROPIO CONSEJO EN FECHA 26 DE FEBRERO DE 1993, SE HA DICTADO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPREMO (SECCION SEXTA), CON FECHA 1 DE JUNIO DE 1994, SENTENCIA CUYA PARTE DISPOSITIVA ES DEL SIGUIENTE TENOR:«FALLAMOS: QUE DEBEMOS DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR EL PROCURADOR DON EDUARDO MORALES PRICE, EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE DON CELSO DIEGO SOMOANO, CONTRA LA DESESTIMACION DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL REFERIDO DEMANDANTE AL CONSEJO DE MINISTROS SOBRE INDEMNIZACION DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA APLICACION DEL ARTICULO 33 DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, DE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCION PUBLICA, ACORDADA POR EL CONSEJO DE MINISTROS CON FECHA 16 DE OCTUBRE DE 1992 Y CONFIRMADA EN REPOSICION POR ACUERDO DEL PROPIO CONSEJO EN FECHA 26 DE FEBRERO DE 1993, AL TIEMPO QUE DEBEMOS DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS TODAS LAS PRETENSIONES FORMULADAS POR AQUELLA EN LA SUPLICA DE LA DEMANDA; SIN HACER EXPRESA CONDENA RESPECTO DE LAS COSTAS PROCESALES CAUSADAS EN ESTE JUICIO.»EL CONSEJO DE MINISTROS, EN SU REUNION DEL DIA 18 DE NOVIEMBRE DE 1994, HA DISPUESTO, CONFORME A LO PREVENIDO EN LA LEY REGULADORA DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA DE 27 DE DICIEMBRE DE 1956, SE CUMPLA EN SUS PROPIOS TERMINOS LA REFERIDA SENTENCIA.MADRID, 20 DE DICIEMBRE DE 1994.-P. D. (ORDEN DE 1 DE OCTUBRE DE 1993), EL SUBSECRETARIO, FERNANDO SEQUEIRA DE FUENTES.ILMO. SR. SUBSECRETARIO.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid