Contido non dispoñible en galego
Advertido error en el texto de la Resolución de esta Secretaría de Estado de fecha 10 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 45, de 22 de febrero de 1995, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Página 5909, en el punto 8.3, donde dice: «La concesión de las ayudas se determinará por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con anterioridad al 30 de marzo de 1995 ...», debe decir: «La concesión de las ayudas se determinará por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con anterioridad al 30 de abril de 1995, ...».
Madrid, 7 de marzo de 1995.-El Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.
Ilmo. Sr. Director general de Renovación Pedagógica.
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