Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 27 de junio de 1994 por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Primera) en el recurso contencioso-administrativo número 662/1988 promovido por don Miguel Iglesias de Moya, contra resolución presunta de este Ministerio, desestimatoria por silencio administrativo del recurso de alzada formulado sobre reconocimiento del nivel 14 del complemento de destino, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Desestimar la inadmisibilidad del recurso y estimar en parte (petición subsidiaria) el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don José Manuel del Río Sánchez, en representación de don Miguel Iglesias de Moya, contra la desestimación presunta por el Subsecretario del Ministerio de Sanidad y Consumo de la petición formulada por escrito de 14 de julio de 1987, con denuncia de mora, del reconocimiento del nivel 14 de complemento de destino, y desestimación presunta del recurso de alzada; declaramos el derecho del recurrente a que le sea reconocido por la Administración demandada el complemento de destino, en el nivel 12, desde el momento en que fue cesado como Administrador general del Hospital de Enfermedades del Tórax de Cálde-Lugo; sin hacer expresa imposición de costa.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 5 de diciembre de 1994.-P. D. (Orden de 28 de octubre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» de 14 de noviembre), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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