En el recurso contencioso-administrativo número 1.013/1993, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, interpuesto por don José Antonio García-Durán Lara, contra la Administración del Estado sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 28 de junio de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.013/1993, promovido por don José Antonio García-Durán Lara contra la resolución de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, del Ministerio de Educación y Ciencia, de 23 de febrero de 1992, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la resolución de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora por la que se otorga una valoración negativa a la solicitud del recurrente de evaluación de la actividad investigadora del profesorado universitario del tramo 4.º, período comprendido entre los años 1985 a 1990 (ambos inclusive), y a la que se contrae la presente litis, por hallarse ajustada a Derecho; sin hacer especial condena en costas. Notifíquese esta sentencia a la partes, y luego que gane firmeza líbrese certificación de la misma y remítase juntamente con el respectivo expediente administrativo al órgano demandado, quien deberá llevar aquélla a puro y debido efecto, sirviéndose acusar el oportuno recibo.»
Dispuesto por Orden de 27 de enero de 1995 el cumplimiento de la citada Sentencia en sus propios términos, esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 3 de marzo de 1995.-El Presidente de la Comisión, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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