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Documento BOE-A-1995-6984

Resolución de 31 de enero de 1995, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Obras Públicas, por la que se dispone la publicación del Convenio entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el Ayuntamiento de Alcobendas y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, para la construcción del ramal ferroviario a Alcobendas y San Sebastián de los Reyes y la mejora del transporte colectivo en el Corredor Norte metropolitano de la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 21 de marzo de 1995, páginas 8804 a 8806 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-6984

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el Ayuntamiento de Alcobendas y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, el día 20 de diciembre de 1994, un Convenio para la construcción del ramal ferroviario a Alcobendas y San Sebastián de los Reyes y la mejora del transporte colectivo en el Corredor Norte metropolitano de la Comunidad de Madrid, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 31 de enero de 1995.-El Secretario de Estado de Política Territorial y Obras Públicas, José Alberto Zaragoza Rameau.

CONVENIO PARA LA CONSTRUCCION DEL RAMAL FERROVIARIO A ALCOBENDAS Y SAN SEBASTIAN DE LOS REYES Y LA MEJORA DEL TRANSPORTE COLECTIVO EN EL CORREDOR NORTE METROPOLITANO DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En la avenida de España de Alcobendas y San Sebastián de los Reyes, a 20 de diciembre de 1994.

REUNIDOS

Don José Borrell Fontelles, Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

Don José Caballero Domínguez, Alcalde del Ayuntamiento de Alcobendas.

Don Angel Requena Fraile, Alcalde del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

Todos ellos, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen la capacidad legal para obligarse y otorgar el presente Convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero.-Que el Estado tiene competencia exclusiva sobre los ferrocarriles pertenecientes a la red nacional integrada de transporte ferroviario.

Segundo.-Que el crecimiento experimentado por los municipios situados en el Corredor Norte metropolitano de la Comunidad de Madrid, tanto en su situación actual como en las previsiones del planeamiento urbanístico, plantea problemas de comunicación y accesibilidad a las áreas centrales de la capital, donde se concentra una importante porción de empleos y servicios, así como a otros municipios de la región metropolitana madrileña; corresponde a las Administraciones públicas crear un sistema de comunicaciones eficaz que facilite el acceso a las oportunidades, bienes y servicios de todos los ciudadanos.

Tercero.-Que el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente está ejecutando el cierre de la autovía orbital M-40 entre la vía Borde de Hortaleza y la carretera N-VI, así como la remodelación del enlace de Manoteras entre la M-30 y la N-I, que afectarán de una manera positiva y sustancial al funcionamiento del tráfico general, creándose condiciones idóneas para la mejora del transporte colectivo de superficie en el Corredor.

Cuarto.-Que los nuevos desarrollos urbanos previstos en los procesos de revisión de los Planes Generales de Ordenación Urbana de Madrid, Alcobendas y San Sebastián de los Reyes, así como en el Plan Regional de Estrategia Territorial en redacción, plantean la necesidad de acometer nuevas actuaciones en el sistema de transporte colectivo del Corredor Norte, como instrumento fundamental para lograr una mejora de la calidad de vida a largo plazo y un desarrollo adecuado de la eficacia económica de la zona.

Quinto.-Que RENFE ha contratado nuevo material móvil de cercanías, adicional al adquirido en el Plan de Transportes en las Grandes Ciudades, por un importe total de 25.000 millones de pesetas, y se encuentra en condiciones de atender incrementos de servicio motivados por ampliaciones de la red ferroviaria de cercanías.

Sexto.-Que por estas razones, además de las actuaciones en ejecución, las Administraciones intervinientes en el presente Convenio acuerdan la construcción de un ramal ferroviario a Alcobendas y San Sebastián de los Reyes junto con la realización de un conjunto coordinado de actuaciones de mejora de la oferta de transporte colectivo en el Corredor Norte en el marco de un proceso de concertación interadministrativa.

En su virtud, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente Convenio, con sujeción a las siguientes

CLAUSULAS

Primera.-El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente llevará a cabo la construcción de un ramal ferroviario entre la estación de Cantoblanco/Universidad, de la Red de Cercanías de Madrid, hasta Alcobendas y San Sebastián de los Reyes, con las características que se especifican en el anexo I a este Convenio, cuyo presupuesto estimado asciende a 13.500 millones de pesetas, excluida la obtención del suelo prevista en la cláusula segunda.

Segunda.-Los Ayuntamientos de Alcobendas y San Sebastián de los Reyes tramitarán las siguientes actuaciones:

Adecuación del planeamiento urbanístico municipal e integración en el mismo de la actuación objeto de este Convenio.

Obtención del suelo necesario par la ejecución del ramal ferroviario en sus respectivos términos municipales.

Concesión de los permisos y licencias necesarios para el desarrollo de las actuaciones, agilizando al máximo los trámites necesarios para su obtención.

Tercera.-Los Ayuntamientos de Alcobendas y San Sebastián de los Reyes tramitarán los expedientes precisos para asignar una edificabilidad de 500 metros cuadrados, de uso comercial complementario al sistema general ferroviario de la estación ferroviaria situada entre ambos términos municipales.

El Ayuntamiento de Alcobendas tramitará, asi mismo, el expediente para reservar una superficie de una hectárea en el entorno de la nueva estación ferroviaria localizada al inicio del casco urbano (polígono de Valdelasfuentes), destinada a la construcción de instalaciones de intercambio modal con las líneas de autobuses, y de un aparcamiento de disuasión. Asimismo asignará a dicha estación una edificabilidad de 3.000 metros cuadrados, de uso comercial complementario en el sistema general ferroviario, con cargo a la cual se financiará el aparcamiento y las instalaciones de intercambio con los autobuses antes mencionados.

Cuarta.-Asimismo y con objeto de mejorar la oferta de transporte público de superficie en el Corredor Norte, los Ayuntamientos de Alcobendas y San Sebastián de los Reyes se comprometen a llevar a cabo la construcción y vigilancia de una red de carriles bus en las calles de los cascos urbanos de ambos municipios por las que discurren las principales líneas de autobuses urbanos e interurbanos.

Quinta.-Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento y Control del desarrollo del Convenio.

La Comisión estará formada por:

Dos representantes del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

Un representante del Ayuntamiento de Alcobendas.

Un representante del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

La Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento del Convenio, realizando el seguimiento de las actuaciones del mismo y proponiendo, en su caso, las variaciones que se consideren precisas a las respectivas Administraciones.

b) Asegurar la coordinación de los diversos proyectos durante su redacción, tramitación y ejecución. c) Informar previamente a su aprobación los proyectos de las obras del Convenio.

d) Coordinar las previsiones de terrenos necesarios en cada caso, de forma que puedan estar disponibles en las fechas adecuadas.

e) Impulsar con la mayor celeridad los trámites requeridos en cada caso.

f) Tener conocimiento de las incidencias de los proyectos y obras, tanto técnicas como administrativas.

g) Interpretar, en caso de duda, las normas y previsiones del presente Convenio y, en consecuencia, proponer las decisiones oportunas acerca de las variaciones o cambios aconsejables en la ejecución de cada uno de los proyectos u obras.

h) Y en general, las que el artículo 6.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, atribuye al órgano de vigilancia y control.

La Comisión de Seguimiento podrá delegar en una Subcomisión Técnica designada al efecto el estudio de los aspectos técnicos de los proyectos y obras, reservándose en todo caso la decisión final sobre ellos.

Sexta.-El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y su duración será hasta la recepción y liquidación definitiva de las obras.

Séptima.-Serán causas de resolución del presente Convenio las siguientes:

a) El incumplimiento de las cláusulas del Convenio, para lo que será necesario la denuncia de la parte correspondiente mediante comunicación escrita fehaciente con un plazo de antelación de al menos un mes.

b) El mutuo acuerdo de las partes.

Octava.-Este Convenio tiene naturaleza administrativa, y se regirá por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («BOE» del 16) y por la legislación sobre la materia objeto del Convenio, y, en su defecto, por la legislación de Contratos del Estado y demás normas del Derecho administrativo y en defecto de este último por las normas de Derecho privado, siendo competente para entender en los litigios que pudieran surgir la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, y obligando con ello a las Administraciones que representen, firman el presente Convenio.-El Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, José Borrell Fontelles.-El Alcalde de Alcobendas, José Caballero Domínguez.-El Alcalde de San Sebastián de los Reyes, Angel Requena Fraile.

ANEXO I

Ramal de acceso ferroviario a Alcobendas y San Sebastián de los Reyes

El proyecto ferroviario consiste en la construcción de un ramal de doble vía, con electrificación e instalaciones de seguridad y comunicaciones en la línea C-1 de Cercanías de Madrid, con objeto de dar acceso ferroviario suburbano a los cascos urbanos de Alcobendas y San Sebastián de los Reyes.

Trazado: El ramal se inicia en la actual estación de Cantoblanco, en la línea C-1 de Cercanías, cruza la carretera M-616 (El Goloso-Alcobendas), y discurre paralela a la misma hasta el inicio del continuo urbano de Alcobendas donde se sitúa la estación A.

El resto del ramal penetra en el continuo urbano hasta llegar a la estación B situada en el centro de los dos municipios.

La longitud aproximada del ramal es de 7.150 metros.

En el plano adjunto se grafía el trazado del ramal.

El proyecto ferroviario ha de contemplar la prolongación de la línea, de forma coordinada con las propuestas de planeamiento urbanístico que ordene el futuro desarrollo de la zona de expansión del municipio de San Sebastián de los Reyes, siempre que las dimensiones del mismo lo justifiquen.

Estaciones: Se prevé la construcción de dos estaciones, ambas subterráneas, que incluirán las estructuras de los edificios, andenes, arquitectura, aparatos elevadores y las instalaciones necesarias para su puesta en servicio.

(PLANO OMITIDO)

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