Excmo. Sr.: Accediendo a lo solicitado por don Angel Badía Salillas, Registrador de la Propiedad de Colmenar Viejo número 2, y con arreglo a lo dispuesto en los artículos 287 de la Ley Hipotecaria y 539 de su Reglamento, 17 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y artículo 10.1.e) del Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio,
Esta Dirección General ha acordado declarar a don Angel Badía Salillas, en situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Registradores de la Propiedad por un tiempo no inferior a un
año, pasado el cual podrá volver al servicio activo, si lo solicitare, de conformidad con lo establecido en las disposiciones vigentes.
Lo que digo a V. E. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 3 de marzo de 1995.-El Director general, Julio Burdiel Hernández.
Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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