Visto el expediente de indulto de don José Manuel López Soria, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de fecha 30 de noviembre de 1993, como autor de un delito de robo, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 17 de octubre de 1991; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de diciembre de 1994,
Vengo en conmutar a don José Manuel López Soria la pena privativa de libertad impuesta, por la de un año de prisión menor, a condición de que no cometa delito en el plazo de un año desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 9 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid