Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 749/1990, interpuesto por la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios contra la adopción de acuerdos por parte de la Dirección del Centro Penitenciario Mixto de Castellón, ha dictado sentencia número 1.254, de fecha 12 de diciembre de 1990, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallo: Que estimando como estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Confederación Sindical Independiente de Funcionarios contra la adopción de acuerdos de 13 y 27 de marzo y 6 de abril de la Dirección del Centro Penitenciario Mixto de Castellón, sin audiencia a la actora debemos declarar y declaramos tal acuerdo contrario a derecho y lo anulamos y dejamos sin efecto; sin expresa condena en las costas procesales.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 9 de diciembre de 1994.-El Director general, Alberto Barciela Rodríguez.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid