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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la expresada sentencia sobre abono de gastos por asistencia sanitaria.
Madrid, 10 de marzo de 1995.-El Secretario de Estado, Julián Arévalo Arias.
Ilmo. Sr. Director general del Instituto Social de las Fuerzas Armadas.
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