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Documento BOE-A-1995-7701

Resolución de 3 de marzo de 1995, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso contencioso-administrativo número 541/1993, interpuesto por doña María José Perdigón Calvo.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 28 de marzo de 1995, páginas 9597 a 9597 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-7701

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado una sentencia el 16 de marzo de 1994, en el recurso contencioso-administrativo número 541/1993, interpuesto por doña María José Perdigón Calvo contra la Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 11 de marzo de 1993, que desestimó el recurso de reposición presentado por la interesada contra otra de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Asturias de 10 de diciembre de 1992, relativa a indemnización por razón del servicio.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María José Perdigón Calvo, en su propio nombre y derecho, contra Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de fecha 11 de marzo de 1993, desestimatoria del recurso de reposición formulado contra otra de la Delegación Especial de Asturias del citado organismo de fecha 10 de diciembre de 1992, estando representada la Administración demandada por el Abogado del Estado, acuerdos que se confirman por ser ajustados a derecho sin hacer expresa imposición de costas procesales.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 3 de marzo de 1995.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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