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Documento BOE-A-1995-8213

Orden de 31 de marzo de 1995 por la que se convocan bolsas de viaje para la asistencia al Foro de ONG de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres. Beijing (china).

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 4 de abril de 1995, páginas 10188 a 10190 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1995-8213

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de la Mujer, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Sociales, tiene como finalidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Creación 16/1983, de 24 de octubre, la promoción y el fomento de las condiciones que posibiliten la igualdad de ambos sexos y la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida política, económico, social y cultural.

En cumplimiento de esta finalidad y de la función que le atribuye al Ministerio de Asuntos Sociales la Orden de 3 de marzo de 1994, de fomentar la cooperación con organizaciones no gubernamentales, y en consecuencia a la designación del Instituto de la Mujer como centro nacional de coordinación de los preparativos para la IV Conferencia Mundial que sobre las mujeres organiza Naciones Unidas y que tendrá lugar en Beijing (China) en septiembre de 1995, resulta oportuno convocar concurso público para la adjudicación de bolsas de viaje que faciliten la asistencia y la participación de mujeres en el Foro de ONG de la IV Conferencia Mundial.

La presente convocatoria se atiene a los criterios establecidos por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30), por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas.

En atención a lo expuesto, y en virtud de lo establecido en el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, en su nueva redacción dada por el artículo 16.3 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, previo informe del Servicio Jurídico del Estado del Departamento, dispongo:

Primero. Convocatoria.-Se convoca concurso para la concesión de bolsas de viaje sometidas a un régimen general de concurrencia competitiva destinadas a financiar la asistencia de mujeres al Foro de Organizaciones no Gubernamentales de la IVA Conferencia Mundial que sobre las mujeres organiza Naciones Unidas, y que se celebrará en Beijing (China) del 30 de agosto al 8 de septiembre de 1995.

Segundo. Modalidades:

a) Cincuenta bolsas de viaje que comprenderán los gastos del billete de avión Madrid-Beijing (China)-Madrid por un importe que no excederá las 115.000 pesetas. Podrán optar a esta modalidad mujeres pertenecientes a asociaciones de mujeres de ámbito estatal que realizan actividades de forma continua y habitual relacionadas con el cumplimiento de los objetivos del II Plan para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres y estén participando en los preparativos de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres. Cada solicitante deberá presentar un documento firmado por la representante legal de su asociación en el que conste una relación priorizada de las personas de la asociación que solicitan las ayudas.

b) Veinticinco bolsas de viaje que comprenderán los gastos del billete de avión Madrid-Beijing (China)-Madrid por un importe que no excederá las 115.000 pesetas. Podrán optar a esta modalidad mujeres que realicen actividades que promuevan la consecución de los objetivos del II Plan de Igualdad de Oportunidades de las Mujeres y que estén participando en los preparativos para la IV Conferencia Mundial.

c) Veintinco bolsas de viaje que comprenderán los gastos del billete de avión Madrid-Beijing (China)-Madrid por un importe que no excederá las 115.000 pesetas, así como gastos de estancia de once noches por un importe máximo de (13.500 pesetas como máximo por día) 148.500 pesetas (el total no excederá las 263.500 pesetas), que incluirá los gastos de alojamiento y manutención. Podrán optar a esta modalidad mujeres que, independientemente de que pertenezcan o no a asociaciones de mujeres de ámbito estatal, se encuentran desempleadas o que sus ingresos sean equivalentes o inferiores al salario mínimo interprofesional, realicen actividades para el cumplimiento de los objetivos del II Plan de Igualdad de Oportunidades y participen en los preparativos para la IV Conferencia Mundial.

La financiaciáon de dichas ayudas se hará con cargo a la aplicación 27.107.323B.492 del presupuesto del Instituto de la Mujer, por un importe máximo de 16.000.000 de pesetas.

El Instituto de la Mujer facilitará los billetes o, en su caso, la información necesaria para su adquisición al mejor precio.

Tercero. Solicitantes.-Podrán presentar solicitud de bolsa de viaje a la presente convocatoria por cada una de las modalidades, siendo excluyentes la modalidad (a) y la modalidad (b):

a) Las mujeres que pertenezcan a alguna asociación de mujeres de ámbito estatal que realice actividades de forma continua y habitual relacionadas con el cumplimiento de los objetivos del II Plan para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres y que esté participando en los preparativos para la IV Conferencia Mundial.

b) Las mujeres que no perteneciendo a ninguna asociación de mujeres de ámbito estatal, realicen actividades que promuevan el cumplimiento de los objetivos del II Plan de Igualdad de Oportunidades de las Mujeres y que participe con algún organismo o entidad en los preparativos para la IV Conferencia Mundial.

c) Las mujeres que, independientemente de su pertenencia o no a asociaciónes de mujeres de ámbito estatal, se encuentren en situación de desempleo o sus ingresos no superen el salario mínimo interprofesional y realicen actividades relacionadas con el cumplimiento de los objetivos del II Plan de Igualdad de Oportunidades y participen o colaboren en los preparativos para la IV Conferencia Mundial.

Cuarto. Solicitudes, Memoria y documentación.-Las personas solicituantes deberán presentar la siguiente documentación:

Modalidad (a):

a) Modelo de solicitud dirigida a la Directora general del Instituto de la Mujer, según modelo que figura en el anexo I a la presente convocatoria, debidamente firmada.

b) Currículum vitae.

c) Documentación que acredite suficientemente su pertenencia a una asociación de mujeres de ámbito estatal.

d) Documentación que acredite suficientemente las actividades que realiza la asociación en relación al II Plan para la Igualdad de Oportunidades.

e) Documentación que acredite suficientemente que la asociación está participando en el proceso preparatorio de la IV Conferencia Mundial.

f) Fotocopia del documento nacional de identidad o acreditación de la nacionalidad y del número de identificación fiscal de la persona solicitante.

g) Declaración expresa de la persona solicitante sobre las subvenciones o ayudas públicas o privadas percibidas en los últimos tres años, especificando cuantía, entidad, motivo y fecha.

h) Documento firmado por la representante legal de la asociación en el que conste relación priorizada de asociadas que solicitan la ayuda.

Modalidad (b):

a) Solicitud dirigida a la Directora general del Instituto de la Mujer, según modelo que figura en el anexo I a la presente convocatoria, debidamente firmada.

b) Currículum vitae.

c) Documentación que acredite suficientemente las actividades que realiza la persona solicitante en relación al II Plan para la Igualdad de Oportunidades.

d) Documentación que acredite suficientemente que la persona solicitante está participando en el proceso preparatorio de la IV Conferencia Mundial.

e) Fotocopia del documento nacional de identidad o acreditación de la nacionalidad y del número de identificación fiscal de la persona solicitante.

Modalidad (c):

a) Solicitud dirigida a la Directora general del Instituto de la Mujer, según modelo que figura en el anexo I a la presente convocatoria, debidamente firmada.

b) Currículum vitae.

c) Documentación que acredite suficientemente las actividades que realiza la persona o asociación en relación al II Plan para la Igualdad de Oportunidades.

d) Documentación que acredite suficientemente que la persona o asociación está participando en el proceso preparatorio de la IV Conferencia Mundial.

e) Fotocopia del documento nacional de identidad o acreditación de la nacionalidad y del número de identificación fiscal de la persona solicitante.

f) Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo y justificante de ingresos equivalentes o inferiores al salario mínimo interprofesional.

Quinto. Lugar y plazo de presentación.-Las solicitantes deberán presentarse en el Registro General del Instituto de la Mujer, calle Almagro, 36, segunda planta, 28010 Madrid, en el Registro General del Ministerio de Asuntos Sociales, calle José Abascal, 39, 28003 Madrid, o a través de cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 27).

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexto. Subsanación de defectos.-Si durante la tramitación del procedimiento la documentación presentada adoleciera de algún defecto formal, el Instituto de la Mujer requerirá la presentación de la documentación necesaria o la subsanación del defecto, concediéndoles un plazo de diez días hábiles a partir de su notifiación de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.

Séptimo. Valoración de las solicitudes.-La valoración de las solicitudes y del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria se efectuará por una Comisión de valoración que formulará la oportuna propuesta de resolución. Esta Comisión estará integrada por la Directora general del Instituto de la Mujer o persona en quien delegue, la Subdirectora general de Cooperación, la Jefa del Gabinete de Relaciones Internacionales y una Vocal designada por la Directora general.

Octavo. Criterios de valoración:

1.º Se valorará la documentación acreditativa presentada de cada uno de los requisitos de las tres modalidades de la convocatoria.

2.º Se valorará la información que de las actividades de las personas y/o asociaciones conste en las Memorias o archivos de este Instituto.

3.º Serán excluyentes las solicitudes presentadas por la modalidad (a) y la modalidad (b).

4.º En caso de no adjudicarse el número de bolsas previstas para cada modalidad la Comisión de Valoración podrá acumular dichas bolsas en las modalidades restantes.

Noveno. Resolución.-La Directora general del Instituto de la Mujer a propuesta de la Comisión de Valoración resolverá la adjudicación de las bolsas y se publicará la Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» que incluirá la relación de las personas adjudicatarias y de las seis suplentes por modalidad, en el plazo de veinte días.

Décimo. Renuncia.-Las personas beneficiarias de estas bolsas que renuncien a ellas deberán notificarlo al Instituto de la Mujer en un plazo de acuerdo con los criterios que se establezcan en la Resolución de adjudicación.

Undécimo. Justificación.-Las personas beneficiarias realizarán la justificación de los gastos antes del 15 de octubre, mediante la presentación de billete original del avión. Las personas beneficiarias de las ayudas por la modalidad (c) justificarán, al menos, el 50 por 100 de la ayuda percibida mediante facturas originales correspondientes al alojamiento, para la justificación del otro 50 por 100 bastará una declaración jurada de la interesada en la que hará constar los gastos de manutención realizados.

La no justificación adecuada implicará la devolución correspondiente a la cuantía no justificada de acuerdo con la Ley General Presupuestaria.

La utilización de las bolsas de viaje estará condicionada a los criterios e instrucciones que dicte el Instituto de la Mujer.

En cualquier caso, todas las personas beneficiarias deben acreditar suficientemente su participación en el Foro de ONG de Beijing.

Madrid, 31 de marzo de 1995.

ALBERDI ALONSO

(ANEXO OMITIDO)

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