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Documento BOE-A-1995-8248

Resolución de 13 de marzo de 1995, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca el «Décimo Concurso Público para la Realización de Creaciones Audiovisuales con Fines Didácticos».

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 5 de abril de 1995, páginas 10253 a 10254 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-8248

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado de Educación del Ministerio de Educación y Ciencia, con ánimo de contribuir a una mayor utilización de los medios audiovisuales en la enseñanza y de estimular las iniciativas de producción en este campo, ha resuelto hacer pública la presente convocatoria del «Décimo Concurso Público de Proyectos y Creaciones Audiovisuales con Fines Didácticos», con arreglo a las siguientes bases:

Primera.-El concurso tiene como finalidad estimular iniciativas de Profesores y profesionales de la educación, de la investigación educativa y de la producción de materiales didácticos, tanto individualmente como en grupo, en el campo de la creación audiovisual con fines didácticos, así como premiar trabajos audiovisuales originales e inéditos y proyectos para la elaboración de material de paso audiovisual, con vistas a su desarrollo.

Asimismo, se persigue impulsar proyectos de creación de documentos audiovisuales llevados a cabo por alumnos y alumnas de los diferentes centros educativos españoles.

El concurso pretende además contribuir a aumentar los fondos de la videoteca educativa del Ministerio de Educación y Ciencia, a fin de permitir a todos los interesados obtener información directa de las creaciones audiovisuales de interés educativo y didáctico existentes en España.

Segunda.-En la valoración de los trabajos presentados se tendrá en cuenta su contenido pedagógico, el interés del tema que aborda, su utilidad didáctica y la viabilidad del proyecto. También se considerará la calidad técnica y artística en los productos terminados y, en los proyectos, la viabilidad de su realización. Muy especialmente se valorará la adecuación del medio audiovisual escogido a los contenidos educativos.

Tercera.-Los trabajos deberán versar sobre temas relativos a los distintos niveles y modalidades de la enseñanza.

En el caso de las enseñanzas regladas, los trabajos deberán ajustarse a lo establecido en los Reales Decretos por los que se regulan las enseñanzas mínimas en los distintos niveles, debiéndose especificar en cada caso el nivel y curso o cursos, así como el bloque o bloques de contenidos a los que hacen referencia.

Los materiales o proyectos con destino a la enseñanza no reglada, tanto presencial como a distancia, deberán especificar el perfil inicial de los alumnos a los que se dirigen y los objetivos que se pretende alcanzar.

Cuarta.-Se establecen los siguientes premios:

1. Un premio de 3.200.000 pesetas a la mejor producción de vídeo realizada en formato «Betacam SP» con vistas a su posible reproducción, difusión y emisión. Se valorarán especialmente aquellas realizadas con imágenes, comentarios y grabaciones originales. En caso de la utilización de imágenes y/o sonido de los que el autor o autora no sea propietario, se deberán adjuntar los documentos en los que conste la cesión de derechos a este fin, por parte del propietario de los mismos. No se tendrán en cuenta los trabajos presentados que no aporten dichos documentos.

El vídeo se presentará acompañado de la guía didáctica correspondiente.

2. Un premio de 850.000 pesetas al mejor guión técnico para la producción de una serie de cinco a siete capítulos, de veinte minutos de duración cada uno, especialmente destinado a ser emitido por televisión educativa.

3. Un premio de 700.000 pesetas al mejor guión técnico, que puede ir acompañado de una maqueta presentada en formato VHS, con vistas a su posible producción. En caso de la utilización en la maqueta de imágenes y sonido de los que el autor o autora no sea propietario, se deberán adjuntar los documentos en los que conste la cesión de derechos, a este fin, por parte del propietario de los mismos.

4. Dos premios de 350.000 pesetas cada uno a los dos mejores conjuntos de materiales didácticos elaborados tanto en soporte audiovisual (transparencias, fotografías, diapositivas o vídeo) como documental. Los temas abordados se referirán a los contenidos de las áreas de: «Educación Plástica y Visual», bloque I. El Lenguaje visual; «Lengua Castellana y Literatura», bloque 5. Sistemas de comunicación verbal y no verbal, contenidos que se recogen en los Reales Decretos que regulan las enseñanzas mínimas en los distintos niveles educativos. Asimismo, también se pueden abordar contenidos de las asignaturas de «Los procesos de comunicación», de la Educación Secundaria Obligatoria, y de «Comunicación audiovisual», correspondiente a las cuatro modalidades de Bachillerato.

5. Un premio a la mejor creación audiovisual llevada a cabo por alumnos y alumnas, con los medios audiovisuales de su centro educativo, que aborde creaciones en el campo del vídeo-arte o reportajes sobre aspectos transversales del currículo, tales como temas medioambientales, educación para la salud, las nuevas tecnologías en la sociedad contemporánea, la unidad europea, la presencia de España en Iberoamérica, etcétera. El proyecto será presentado por un Profesor o Profesora del centro educativo. El premio, por un valor de 500.000 pesetas, consistirá en material audiovisual que se entregará al centro.

6. Un premio de 500.000 pesetas al mejor conjunto de transparencias para retroproyector acompañado de material escrito. El conjunto constará de un mínimo de 20 y un máximo de 50 transparencias y tanto las imágenes como el texto deberán ser originales. Se presentará, asimismo, la guía didáctica correspondiente.

Quinta.-El Jurado podrá optar por adjudicar los premios o declarar desiertos todos o algunos de ellos, en cuyo caso su dotación podría pasar a ampliar el número de premios de otro apartado. También podrá partir la cuantía del premio entre dos o más trabajos. En todo caso las decisiones del Jurado se adoptarán por mayoría y serán inapelables.

La financiación del presupuesto de los premios correrá a cuenta del Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (aplicación presupuestaria 18.09.422O.227.06). Para la percepción de los premios, los premiados deberán acreditar su situación fiscal de acuerdo con la normativa vigente.

Sexta.-En todos los trabajos presentados figurará un Director o responsable. Los trabajos no podrán estar comercializados ni tampoco podrán haber participado en anteriores ediciones de este concurso.

Los concursantes podrán presentar sus trabajos hasta el día 30 de octubre de 1995, adjuntando al material a concurso la siguiente documentación:

a) Documentación con los datos personales del Director o responsable conforme al modelo del anexo I.

b) Memoria descriptiva del trabajo realizado, con una extensión máxima de 30 folios, escritos a máquina, a doble espacio, que incluya los datos personales de los componentes del equipo si existe, explicando: Modalidad a la que concursa, objetivos generales, interés y oportunidad del tema en relación con el desarrollo de los programas educativos del nivel o modalidad de que se trate, metodología que deberá emplearse y equipo e instalaciones precisas para su utilización. Los trabajos presentados al apartado 4.5 incluirán propuesta del tipo de material audiovisual que ha de constituir el premio.

La Memoria deberá ajustarse al modelo que se adjunta en el anexo II y se presentará por duplicado. En caso de concursar con más de un trabajo, deberá presentarse documentación independiente para cada uno de ellos.

c) En caso de optar al premio del apartado 4.4, se entiende que los datos requeridos en el anexo II (apartados 3, 4, 5, 6, 7 y 10) se refieren a la explotación didáctica de los documentos audiovisuales y no a la obra sobre la que se basa dicha aplicación.

Séptima.-Los trabajos deberán ser presentados directamente o por correo certificado en el Registro del Ministerio de Educación y Ciencia, calle Torrelaguna 58, 28027 Madrid.

Octava.-Los participantes podrán concursar con una o varias obras, siempre que éstas se presenten de forma independiente.

Novena.-El Ministerio de Educación y Ciencia adquiere el derecho de reproducir, publicar, difundir, ceder, emitir por televisión o vía satélite y usar libremente sin ningún tipo de límite temporal o de cualquier otra naturaleza, a contar desde la publicación del fallo del Jurado, los trabajo premiados. Este derecho podrá ser cedido por el Ministerio a otras Administraciones Públicas.

Décima.-Los autores premiados en el apartado 4.1 deberán enviar al Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación el «master» del trabajo premiado para facilitar su reproducción.

Undécima.-El Jurado emitirá su fallo dentro de los tres meses siguientes a contar desde el último día previsto para la recepción de trabajos a concurso. Sus deliberaciones serán secretas. Los títulos de los trabajos premiados y los nombres de sus autores se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado». También se expondrán públicamente en el tablón de anuncios del Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación y en el centro servidor telemático PLATEA (Ibertex, nivel 031 *PLATEA1

o *PLATEA2

). El fallo se notificará por correo a los con cursantes en un plazo no superior a treinta días hábiles a partir de su emisión y se le dará publicidad a través de los medios de comunicación.

Duodécima.-Los trabajos premiados quedarán definitivamente depositados en la videoteca educativa de consulta del Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación del Ministerio de Educación y Ciencia, y sus datos de identificación serán incluidos en catálogo.

Decimotercera.-Los trabajos no premiados podrán cederse a la citada videoteca si sus autores así lo deciden, debiendo comunicarlo por escrito a la Directora del Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación, Calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid.

Los restantes trabajos podrán ser recogidos por sus autores o personas a quienes ellos autoricen en la sede del Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación. El plazo para la retirada de estos trabajos será de sesenta días naturales, contados a partir de la fecha en que se haga público el fallo del concurso. Agotado este plazo, se destruirá la documentación que no haya sido retirada.

Decimocuarta.-El Jurado estará compuesto por los siguiente miembros:

Presidenta: La Directora del Programa de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (PNTIC).

Vicepresidente: El Director del Centro de Investigación, Documentación y Evaluación (CIDE).

Vocales: El Consejero técnico del PNTIC. La Jefa de Servicio de Medios Audiovisuales del PNTIC. Un Jefe de Servicio de la Subdirección General de Formación del Profesorado. Un representante del Centro de Desarrollo Curricular. Un representante del Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).

A la vista de los trabajos presentados, el Jurado podrá recabar el asesoramiento técnico de los especialistas que considere convenientes.

Lo que comunico a V. I.

Madrid, 13 de marzo de 1995.-El Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilmos. Sres. Director general de Renovación Pedagógica y Directora del Gabinete de la Secretaría de Estado de Educación.

ANEXO I

Apellidos

Nombre / DNI

Domicilio

Localidad / Provincia / Distrito postal / Teléfono

Profesión

Datos del centro educativo (si procede)

ANEXO II

1. Título del trabajo y nombre de los autores.

2. Premio al que se opta.

3. Nivel de enseñanza y modalidad a que se destina el trabajo.

4. Area o asignatura a que se destina el trabajo a concurso.

5. Extensión del trabajo presentado indicando, según el caso:

a) Número de diapositivas o transparencias.

b) Tiempo de duración de las grabaciones videográficas o sonoras.

c) Número de folios del material de apoyo.

d) Número de horas lectivas previstas para la utilización didáctica del trabajo.

6. Breve descripción del contenido de la obra presentada a concurso.

7. Objetivos generales, interés y oportunidad del tema elegido.

8. Características del equipo e instalaciones precisas para la utilización de la obra a concurso.

9. Circunstancias relacionadas con la realización del material que se consideren relevantes (modo de producción, uso del material en experiencias educativas ya realizadas, etc.)

10. Metodología recomendada para la utilización educativa de la obra a concurso.

11. Descripción de la experiencia de los autores en la producción y utilización de medios audiovisuales.

12. Otras circunstancias que se consideren de interés (presupuesto de la producción, tiempo de realización, etc.).

13. Propuesta de material audiovisual objeto del premio y propuesta de distribución del mismo (para los trabajos presentados en el apartado 4.5.)

14. Documentos que acreditan la cesión de derechos de uso de imágenes o sonido del producto presentado a concurso, cuando no sean originales.

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