VISTA LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS «ALFRUSE, S.A.T., DE PULPI (ALMERIA), RECONOCIDA ESPECIFICAMENTE PARA LOS EFECTOS CONTEMPLADOS EN EL TITULO II BIS DEL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 1.35/72 DEL CONSEJO, DE 18 DE MAYO DE 1972, Y EL INFORME FAVORABLE DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS COMPETENTES. CONSIDERANDO QUE EN LA TRAMITACION DEL EXPEDIENTE SE HAN OBSERVADO LAS DISPOSICIONES Y REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO (CEE) NUMERO 2.59/89, DE LA COMISION, DE 18 DE JULIO DE 1989, Y EN LA ORDEN DE 18 DE JULIO DE 1989 SOBRE LA NORMATIVA DE APLICACION DE LAS AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD Y DE LA COMERCIALIZACION DE LOS FRUTOS DE CASCARA Y LAS ALGARROBAS. EN CONSECUENCIA, A PROPUESTA DEL DIRECTOR GENERAL DE PRODUCCIONES Y MERCADOS AGRICOLAS, RESUELVO:CON ARREGLO A LAS DISPOSICIONES LEGALES, ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE APRUEBA EL PLAN DE MEJORA DE LA CALIDAD Y DE LA COMERCIALIZACION DE FRUTOS DE CASCARA Y ALGARROBA PRESENTADO POR LA ORGANIZACION DE PRODUCTORES DE FRUTAS Y HORTALIZAS «ALFRUSE, S.A.T., DE PULPI (ALMERIA), RECONOCIDA ESPECIFICAMENTE PARA EL SECTOR DE FRUTOS DE CASCARA Y ALGARROBA. MADRID, 23 DE DICIEMBRE DE 1994. ATIENZA SERNA ILMO.SR.DIRECTOR GENERAL DE PRODUCCIONES Y MERCADOS AGRICOLAS.
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