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Documento BOE-A-1995-8723

Resolución de 16 de marzo de 1995, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso promovido por doña Paloma Gutiérrez Martínez.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 1995, páginas 10614 a 10614 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1995-8723

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la Sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 26 de octubre de 1994, que es firme, recaída en el recurso número 971/1992, interpuesto por doña Paloma Gutiérrez Martínez contra la resolución de la Junta de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid de 28 de noviembre de 1991 que al asignarle el nivel 20 no retrotrae la percepción de las atribuciones con arreglo al citado nivel al 1 de enero de 1991 y contra la de 2 de abril de 1992 que desestimó el recurso de reposición; siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que rechazando las causas de inadmisibilidad alegadas por la Universidad Politécnica de Madrid que ha comparecido como demandada, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Elvira Cámara López, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Paloma Gutiérrez Martínez contra la resolución de la Junta de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid de 28 de noviembre de 1991 que al asignarle el nivel 20 no retrotrajo la percepción de las retribuciones con arreglo al citado nivel al 1 de enero de 1991 y contra la de 2 de abril de 1992 que desestimó el recurso de reposición, debemos estimar y estimamos parcialmente el citado recurso contencioso-administrativo, declarando las mencionada resoluciones no ajustadas a Derecho, anulando las mismas, acordando por el contrario el reconocimiento a la recurrente del nivel 20 con efectos de 1 de enero de 1991; sin hacer especial imposición de las costas del recurso.»

En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competencia que le confiere el artículo 76.e) de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Real Decreto 2536/1985, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1986), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.

Madrid, 16 de marzo de 1995.-El Rector, Rafael Portaencasa Baeza.

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