El Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de abril actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.027/1995, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en relación con los artículos 6, 12 y 13 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, por si, en cuanto dichos preceptos implican la adscripción forzosa a las mencionadas Cámaras, vulneran el derecho de asociación del artículo 22.1 de la Constitución, en su vertiente negativa.
Madrid, 4 de abril de 1995.-El Secretario de Justicia. Firmado y rubricado.
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