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Documento BOE-A-1995-8869

Providencia de 4 de abril de 1995. Cuestión de inconstitucionalidad número 1.027/1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 1995, páginas 10954 a 10954 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1995-8869

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 4 de abril actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1.027/1995, planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en relación con los artículos 6, 12 y 13 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, por si, en cuanto dichos preceptos implican la adscripción forzosa a las mencionadas Cámaras, vulneran el derecho de asociación del artículo 22.1 de la Constitución, en su vertiente negativa.

Madrid, 4 de abril de 1995.-El Secretario de Justicia. Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 04/04/1995
  • Fecha de publicación: 12/04/1995
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y se declara su desestimación en relación con los arts. 6, 12 y 13, por Sentencia 107/1996, de 12 de junio (Ref. BOE-T-1996-15866).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad los arts. 6, 12 y 13 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-1993-7730).
Materias
  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Cuestiones de inconstitucionalidad

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