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Visto el expediente de indulto de don Jesús García González, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Arenys de Mar, en sentencia de fecha 7 de julio de 1993, como autor de un delito de robo con intimidación a la pena de dos años cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el día 26 de abril de 1990; a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de marzo de 1995,
Vengo en conmutar a don Jesús García González la pena privativa de libertad impuesta, por otra de seis meses de arresto mayor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Sevilla a 17 de marzo de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia e Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE
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