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En el recurso contencioso-administrativo número 657-91, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Federación de Sindicatos del Profesorado Estatal (FESPE), contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 18 de septiembre de 1989 y 19 de noviembre de 1990, se ha dictado, con fecha 9 de diciembre de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Evencio Conde de Gregorio, en representación de la entidad Federación de Sindicatos del Profesorado Estatal (FESPE), contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 18 de septiembre de 1989, confirmada en reposición por la de 19 de noviembre de 1990, que autorizó la inscripción de la marca número 1.191.241, "Fespe-Uso", para amparar servicios de la clase 42 del Nomenclátor, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones disconformes con el Ordenamiento Jurídico, anulándolas y acordando, en consecuencia, la denegación de la inscripción de la marca número 1.191.241, "Fespe-Uso", para los productos revindicados de la clase 42 del Nomenclátor.
Todo ello sin hacer especial imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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