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Documento BOE-A-1995-9284

Resolución de 15 de marzo de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 311/92, promovido por «Sandoz AG».

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 17 de abril de 1995, páginas 11292 a 11292 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1995-9284

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 311/92, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Sandoz AG» contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de octubre de 1990 y 16 de agosto de 1991, se ha dictado, con fecha 26 de octubre de 1994 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por ''Sandoz AG'' contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 15 de octubre de 1990, que denegó la marca internacional número 519.349 Pentac, para la clase 5 del Nomenclátor (pesticidas) y contra la de 16 de agosto de 1991, que desestimó el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones no ajustadas a Derecho en este trámite procesal, anulando la misma y acordando por el contrario la concesión de la marca denegada para la clase referida; sin hacer expresa imposición de las costas del recurso.»

En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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