En el recurso contencioso-administrativo número 830-92, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Cartonajes Unión, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 13 de enero de 1992, se ha dictado, con fecha 17 de noviembre de 1994, por el citado Tribunal sentencia declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, actuando en nombre y representación de ''Cartonajes Unión, Sociedad Anónima'', contra la resolución impugnada y cuyo acuerdo por no ser conforme a Derecho debemos anular y anulamos y todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de marzo de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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