En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Adolfo Navarrete Luque, en nombre y representación de don Alberto Esquina Torres, contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, la Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 24 de mayo de 1994, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo número 3/723/1991, interpuesto por la representación de don Alberto Esquina Torres, contra la Resolución del Ministerio de Justicia de 27 de octubre de 1988 y 2 de febrero de 1989, descrita en el primer fundamento de Derecho, que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia e Interior, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado»para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 24 de octubre de 1994.- P. D., el Subsecretario, Luis Herrero Juan.
Ilmo. Sr. Secretario general de Justicia.
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