En el recurso contencioso-administrativo número 637/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Laboratorios Tecnobio, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 18 de mayo de 1993 y 4 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 11 de enero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo, sin imposición de costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de marzo de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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