En el recurso contencioso-administrativo número 2.255/1987, interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por «Banco Intercontinental Español, Sociedad Anónima», contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 18 de abril de 1986 y 12 de enero de 1988, se ha dictado, con fecha 1 de febrero de 1991 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Banco Intercontinental Español, Sociedad Anónima", contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 18 de abril de 1986, que dispuso la inscripción del nombre comercial número 104544 "Brokinter, Sociedad Anónima", en favor de "Brokinter, Sociedad Anónima", para distinguir la actividad de mediador en el mercado interbancario, resolución que fue confirmada en reposición, primeramente por silencio y después por la expresa de 12 de enero de 1988, debemos declarar y declaramos que dichos actos administrativos son conformes a derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de marzo de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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