En el recurso contencioso administrativo número 72/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Compañía Canariense de Tabacos, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 30 de julio de 1992, se ha dictado, con fecha 30 de septiembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "Compañía Canariense de Tabacos, Sociedad Anónima", representada por el Procurador don Enrique Sorribes Torra, contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, que concedía a la firma "José Luis Gay, Sociedad Anónima", el registro de la marca número 1.267.731, consistente en la denominación "Don Julio" y anulamos dicha Resolución, con denegación del registro de la citada marca, sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de marzo de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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