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Documento BOE-A-1996-10159

Resolución de 9 de abril de 1996, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 1.093/1992, interpuesto por doña Gloria Vallhonrat Ghezzi.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 7 de mayo de 1996, páginas 15827 a 15827 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-10159

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado una sentencia el 18 de noviembre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.093/1992, interpuesto por doña Gloria Vallhonrat Ghezzi, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición formulado contra relación de puestos de trabajo de personal funcionario aprobada por resolución de la Comisión Interministerial de Retribuciones de fecha 22 de enero de 1991.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Gloria Vallhonrat Ghezzi, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra la relación de puestos de trabajo del personal funcionario adscrito a los servicios periféricos y otros centros de destino de la Secretaría General de Hacienda, aprobada por resolución de 22 de enero de 1991 de la Comisión ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones a que vino en conocimiento la recurrente en su nómina de noviembre de 1991, debemos declarar y declaramos la nulidad de dicha resolución por contraria a derecho, y reconocemos el de la recurrente a que se asigne el nivel 24 de complemento de destino a su puesto de Arquitecto Técnico al Servicio de la Hacienda Pública que obtuvo por concurso de 13 de febrero de 1991, desde la fecha de su toma de posesión, y abono de las diferencias retributivas resultantes. No se hace expresa condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 9 de abril de 1996.-La Directora general, Juana María Lázaro Ruiz.

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