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Documento BOE-A-1996-10799

Orden de 29 de marzo de 1996 por la que se aprueba la extinción de la autorización, por cese de actividades docentes, del Centro privado de Educación General Básica denominado «Seminario "Don Orione"», de Fromista (Palencia).

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 1996, páginas 16715 a 16716 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-10799

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Mario Finati Battistella, en representación de la Congregación Pequeña Obra de la Divina Providencia, entidad titular del Centro privado de Educación General Básica denominado «Seminario "Don Orione"», sito en la carretera de Lantadilla, sin número, de Frómista (Palencia), en solicitud de extinción de la autorización de sus actividades docentes a partir del próximo curso escolar 1996/97.

Hechos

Primero.-La solicitud del interesado ha sido tramitada a la Dirección General de Centros Escolares por la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Palencia, acompañada de los informes pertinentes en los que se manifiesta que la extinción de la autorización del Centro no causa perjuicio alguno, por existir suficientes puestos escolares en la zona de ubicación del mismo.

Segundo.-El Centro objeto del expediente no está acogido el régimen de conciertos educativos.

Fundamentos de derecho

Primero.-Son de aplicación a este expediente las siguientes disposiciones:

Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 4), reguladora del derecho a la educación.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 4), de Ordenación General del Sistema Educativo.

Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorización de centros privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

Segundo.-En su caso, los alumnos del Centro tratado, disponen de la adecuada escolarización, por lo que la continuidad de la enseñanza no se perjudica.

Tercero.-En consecuencia, y según lo dispuesto en el artículo 16.2 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, procede acceder a la petición formulada.

Por todo ello, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la extinción de la autorización, por cese de actividades docentes, del Centro privado de Educación General Básica denominado «Seminario "Don Orione"», de Frómista (Palencia).

Segundo.-La extinción de la autorización, que la presente Orden dispone, surte efectos a partir del próximo curso escolar 1996/97.

Tercero.-Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho Centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos legales vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.

Contra la presente disposición, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre.

Madrid, 29 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 22 de marzo de 1996), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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