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Documento BOE-A-1996-10827

Orden de 27 de marzo de 1996 por la que se autoriza definitivamente para la apertura y funcionamiento a los centros privados de Educación Secundaria «San Pedro Apóstol y Jesús, María y José» y «Sagrada Familia», de Sigüenza (Guadalajara).

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 1996, páginas 16726 a 16727 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-10827

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Juan José Jaraba Esteban, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de los centros privados de Educación Secundaria denominados «San Pedro Apóstol y Jesús, María y José» y «Sagra Familia», sitos en la calle Villaviciosa, número 2, de Sigüenza (Guadalajara), según lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general.

El Ministerio de Educación y Ciencia ha resuelto:

Primero.-Autorizar, de acuerdo con el artículo 7 del Real Decreto 332/1992, la apertura y funcionamiento de los centros de Educación Secundaria «San Pedro Apóstol y Jesús María y José» y «Sagrada Familia», de Sigüenza (Guadalajara), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes que se describe a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: «Jesús, María y José».

Titular: Congregación de Religiosas Ursulinas.

Domicilio: Calle General Mola, número 36.

Localidad: Sigüenza.

Municipio: Sigüenza.

Provincia: Guadalajara.

Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, segundo ciclo.

Capacidad: Tres unidades y 62 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «San Pedro Apóstol y Jesús, María y José».

Titular: Obispado de Sigüenza-Guadalajara y Congregación de Religiosas Ursulinas.

Domicilio: Calle General Mola, número 36.

Localidad: Sigüenza.

Municipio: Sigüenza.

Provincia: Guadalajara.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria.

Capacidad: Siete unidades y 175 puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «San Pedro Apóstol y Jesús, María y José».

Titular: Obispado de Sigüenza-Guadalajara y Congregación de Religiosas Ursulinas.

Domicilio: Calle Villaviciosa, número 2.

Localidad: Sigüenza.

Municipio: Sigüenza.

Provincia: Guadalajara.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: Doce unidades y 340 puestos escolares.

D) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «Sagrada Familia».

Titular: Obispado de Sigüenza-Guadalajara.

Domicilio: Calle Villaviciosa, número 2.

Localidad: Sigüenza.

Municipio: Sigüenza.

Provincia: Guadalajara.

Enseñanzas que se autorizan: Bachillerato en las modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: Ocho unidades y 242 puestos escolares.

Segundo.-La presente autorización surtirá efecto progresivamente, a medida que se vayan implantando las enseñanzas autorizadas con arreglo al calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Tercero.-1. Provisionalmente, hasta finalizar el curso esco lar 1999-2000, con base en el número 4 del artículo 17 del Real Decre to 986/1991, el centro de Educación Infantil «Jesús, María y José», podrá funcionar con una capacidad de tres unidades de segundo ciclo y 79 puestos escolares. No obstante, en dicho centro se seguirá impartiendo Educación Preescolar hasta que, de acuerdo con la Orden de 12 de septiembre de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 14), por la que se regula la implantación gradual del segundo ciclo de la Educación Infantil, se autorice el mencionado ciclo educativo.

2. Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, los centros de Educación Secundaria «San Pedro Apóstol y Jesús, María y José» y «Sagrada Familia», podrán impartir el curso 8.º de Educación General Básica con una capacidad máxima de tres unidades y 120 puestos escolares y Bachillerato Unificado y Polivalente y Curso de Orientación Universitaria con una capacidad máxima de 14 unidades y 490 puestos escolares.

Cuarto.-Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, la Dirección Provincial de Guadalajara, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Quinto.-Los centros de Educación Secundaria que por la presente Orden se autorizan deberán cumplir la Norma Básica de la Edificación NBE-CPI/91 de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real Decreto 279/1991, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 8), y muy especialmente lo establecido en su anejo D, que establece las condiciones particulares para el uso docente. Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Sexto.-Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Séptimo.-Contra la presente Resolución, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 27 de marzo de 1996.-P. D. (Orden de 22 de marzo de 1996), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

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