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Documento BOE-A-1996-11501

Resolución de 25 de abril de 1996, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se corrigen errores de la de 20 de julio de 1994, por la que se publica el plan de estudios para la obtención del título oficial de Licenciado en Filología Clásica.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 21 de mayo de 1996, páginas 17423 a 17423 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-11501

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el plan de estudios para la obtención del título oficial de Licenciado en Filología Clásica («Boletín Oficial del Estado» de 18 de agosto de 1994), una vez subsanados los errores y posteriormente diligenciada la hoja de corrección por el Consejo de Universidades,

Este Rectorado ha resuelto lo siguiente:

Publicar la corrección correspondiente del plan de estudios de Licenciado en Filología Clásica, que queda estructurada como figura en el anexo a la presente Resolución.

Santiago de Compostela, 25 de abril de 1996.-El Rector, Francisco Darío Villanueva Prieto.

ANEXO

En las materias troncales Literatura Griega y Literatura Latina, en la columna dedicada a «asignatura/s en las que la Universidad, en su caso, organiza/diversifica la materia troncal», sobre la especificación «(I)».

Las materias optativas «Dialectología Griega», «Griego Helenístico», «Micenología», «Latín Tardío y Medieval», «Latín Vulgar» y «Literatura Latina Medieval» aparecen adscritas a primer ciclo y deben adscribirse a segundo ciclo.

En la página 1 del anexo 3, el apartado b): «Determinación, en su caso, de la ordenación temporal en el aprendizaje, fijando secuencias entre materias o asignaturas o entre conjuntos de ellas (artículo 9.º-1 E. D. 1497/1987)», debe quedar redactado como sigue:

b) No se establece ningún tipo de secuencia entre materias, excepto el requisito enunciado en el apartado anterior. Sin embargo, se recomienda cursar en sucesión cronológica las siguientes materias:

«Lengua Griega y su Literatura I/II».

«Lengua Latina y su Literatura I/II».

«Textos Griegos I/II/III».

«Textos Latinos I/II/III».

«Introducción a la Literatura Griega», «Literatura Griega».

«Introducción a la Literatura Latina», «Literatura Latina».

En el mismo anexo 3, en la página 4, es necesario incluir la adaptación/convalidación del plan antiguo al plan nuevo de las siguientes materias:

Plan antiguo / Plan nuevo

Lengua Española I / Lengua Española

Literatura Española I. / Literatura de la Segunda Lengua: Literatura Española.

Lengua Española II. / Lengua Española.

Literatura Española II. / Literatura de la Segunda Lengua: Literatura Española.

Literatura Española III. / Literatura de la Segunda Lengua: Literatura Española.

En la misma página, donde dice: «Introducción a la Literatura Latina o Literatura Latina (I)» e «Introducción a la Literatura Griega o Literatura Griega (I)», es necesario suprimir la indicación «(I)».

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/04/1996
  • Fecha de publicación: 21/05/1996
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 20 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-19129).
Materias
  • Filología Clásica
  • Planes de estudios
  • Universidad de Santiago de Compostela

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