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Documento BOE-A-1996-11562

Resolución de 16 de mayo de 1996, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se elevan a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos al procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades, convocado por Orden de 26 de febrero de 1996.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 23 de mayo de 1996, páginas 17558 a 17558 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-11562

TEXTO ORIGINAL

Transcurrido el plazo de subsanaciones a las listas de admitidos y excluidos al procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades, aprobadas por Resolución de 19 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26),

Esta Dirección General de Personal y Servicios ha resuelto:

Primero.-Elevar a definitivas las referidas listas, con las variaciones a que han dado lugar las subsanaciones de los defectos que las mismas contenían.

Las listas completas de admitidos y excluidos al procedimiento mencionado estarán expuestas en la Dirección General de la Función Pública, Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas, Gobiernos Civiles, Delegaciones del Gobierno en Ceuta y Melilla, Direcciones Provinciales del Departamento y Ministerio de Educación y Cultura, calle Alcalá, 36, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Aquellos aspirantes cuya documentación de subsanación de errores, presentada dentro del plazo reglamentario, no aparezca recogida en las listas definitivas, podrán presentarse ante el Presidente del Tribunal que hubiera podido corresponderles, quien les admitirá condicionalmente a examen si de la copia número 3 de la solicitud de admisión al procedimiento, que deberán presentar los interesados, se deduce de una manera clara su legitimación para poder participar en el mencionado procedimiento, dando cuenta los Tribunales de esta clase de incidencias a la Dirección General de Personal y Servicios, quien adoptará la resolución que corresponda.

Segundo.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa conforme dispone el artículo 109 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en los plazos y forma establecidos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación de su interposición a este Ministerio, tal como exige el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico citada.

Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 16 de mayo de 1996.-El Director general, Adolfo Navarro Muñoz.

Ilmos. Sres. Subdirector general de Gestión de Profesorado de Educación Infantil y Primaria, Directores Provinciales de Educación y Cultura y Subdirectores Territoriales de Madrid.

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