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Documento BOE-A-1996-11678

Resolución de 7 de mayo de 1996, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se resuelve el expediente incoado, con fecha 29 de febrero de 1996, a la entidad de crédito «Banco de Santander, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 1996, páginas 17717 a 17717 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-11678

TEXTO ORIGINAL

En el expediente incoado, con fecha 29 de febrero de 1996, por el Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la entidad de crédito «Banco de Santander, Sociedad Anónima», en relación con su actuación como colaboradora en la gestión recaudatoria y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.6 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre), se ha adoptado la siguiente Resolución que a continuación se publica:

Primero.-Excluir de la prestación del servicio de colaboración, por un plazo de nueve meses, a la oficina número 1.502 de la entidad de crédito «Banco de Santander, Sociedad Anónima», sita en la plaza de España, número 24, de Zafra (Badajoz).

Segundo.-La referida exclusión se extenderá a todas las operaciones que, como colaboradora en la gestión recaudatoria, efectúe la oficina afectada, con excepción de las devoluciones tributarias por transferencias.

Tercero.-Este Departamento de Recaudación podrá realizar las actuaciones de comprobación que estime oportunas a los efectos de constatar la efectividad de la exclusión acordada, trámite indispensable para que, transcurrido el plazo señalado, la oficina afectada pueda reiniciar sus actuaciones como colaboradora en la recaudación de tributos.

Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1990 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso ordinario ante el Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al recibo de la presente notificación.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de mayo de 1996.-El Director del Departamento de Recaudación, Luis Pedroche y Rojo.

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