Vistos la solicitud presentada por la Organización de Productores de Frutas y Hortalizas «Alcofruse», reconocida específicamente para los efectos contemplados en el título II bis del Reglamento (CEE) número 1.035/72, del Consejo, de 18 de mayo de 1972, y el informe favorable de las Comunidades Autónomas competentes;
Considerando que en la tramitación del expediente se han observado las disposiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (CEE) número 2159/89, de la Comisión, de 18 de julio, y en la Orden de 18 de julio de 1989 sobre la normativa de aplicación de las ayudas para la mejora de la calidad y de la comercialización de los frutos de cáscara y las algarrobas («Ceratonia siliqua L.»).
En consecuencia, a propuesta del Director general de Producciones y Mercados Agrícolas, resuelvo:
Con arreglo a las disposiciones legales, anteriormente mencionadas, se aprueba el plan de mejora de la calidad y de la comercialización de frutos de cáscara y algarroba presentado por la Organización de Productores de Frutas y Hortalizas «Alcofruse», reconocida específicamente para el sector de frutos de cáscara y algarroba.
Madrid, 3 de mayo de 1996.
ATIENZA SERNA
Ilmo. Sr. Director general de Producciones y Mercados Agrícolas.
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