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Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 14 de diciembre de 1995, sentencia firme, en el recurso contencioso-administrativo número 207/1993, promovido por «Severo Marcos, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción a la legislación en materia de quesos, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil "Severo Marcos, Sociedad Anónima", contra las resoluciones a que se contraen las presentes actuaciones y, en consecuencia, declaramos la nulidad de dichas resoluciones por vicio de incompetencia, con los efectos inherentes a esta declaración, debiendo remitirse lo actuado por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León para llevar a cabo las actuaciones que procedan, en su caso; sin expresa imposición de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 29 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Política Alimentaria.
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