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Documento BOE-A-1996-11810

Orden de 17 de abril de 1996 por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros del día 15 de marzo de 1996 en el que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso contencioso-administrativo número 1/1.265/1991, interpuesto por don Martín Alvira Borja y otro.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 1996, páginas 17798 a 17798 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1996-11810

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/1.265/1991, interpuesto por don Martín Alvira Borja y otro, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación de indemnización de los daños y perjuicios producidos por la incompatibilidad declarada por la Administración para el desempeño de un segundo puesto de trabajo en el sector público, en aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración Pública, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Sexta), con fecha 25 de septiembre de 1995, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tener:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 1.265/1991, interpuesto inicialmente por don Martín Alvira Borja y don Luis Guadalupe Villanueva y mantenido posteriormente, tras el fallecimiento de este último, por sus herederos legítimos, contra la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación de indemnización de los daños y perjuicios producidos por la incompatibilidad declarada por la Administración para el desempeño de un segundo puesto de trabajo en el sector público, en aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración Pública, cuya denegación confirmamos por ser conforme a Derecho, sin pronunciamiento especial sobre las costas cuasadas.»

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 15 de marzo de 1996, ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 17 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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