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Documento BOE-A-1996-11824

Orden de 3 de mayo de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 622/1993, promovido por don José Manuel Calvo Martín.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 24 de mayo de 1996, páginas 17801 a 17802 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-11824

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 29 de noviembre de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 622/1993, en el que son partes, de una, como demandante, don José Manuel Calvo Martín, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 24 de junio de 1993, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 12 de abril de 1993, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Manuel Calvo Martín, contra la Resolución de la Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado de 12 de abril de 1993, que le denegó el abono de los gastos por asistencia ambulatoria, y contra la del Ministerio para la Administraciones Públicas de 24 de junio de 1993, que desestimó el recurso de alzada, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones no ajustadas a derecho, anulando las mismas, declarando por el contrario el derecho del recurrente a que se le abone la cantidad de 15.789 pesetas, con los intereses, en su caso, teniendo en cuenta respecto a éstos el artículo 45 de la Ley General Presupuestaria; sin costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 3 de mayo de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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