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Documento BOE-A-1996-12014

Resolución de 3 de mayo de 1996, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del texto del Acuerdo por el que se establecen las tablas salariales para 1996 del Convenio Colectivo de Autoescuelas.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 25 de mayo de 1996, páginas 17905 a 17905 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1996-12014
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/05/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo por el que se establecen las tablas salariales para 1996 del Convenio Colectivo de Autoescuelas (código de Convenio número 9900435), que fue suscrito con fecha 29 de marzo de 1996 por la Comisión Paritaria del Convenio en representación de las partes empresarial y trabajadora, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de mayo de 1996.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACUERDO DE LA COMISION PARITARIA DEL XV CONVENIO COLECTIVO DE AUTOESCUELAS

La organización empresarial CNAE y las organizaciones sindicales FETE-UGT, CC.OO. y USO, en la reunión de la Comisión Paritaria del XV Convenio Colectivo de Autoescuelas, celebrada en Pozuelo de Alarcón, avenida del Generalísimo, 52, el día 29 de marzo de 1996, acuerdan:

El establecimiento de las tablas salariales para 1996 que a continuación se indican, para todas las categorías del ámbito personal del XV Convenio Colectivo de Autoescuelas, y confeccionadas a tenor de lo dispuesto en el artículo 11 del citado XV Convenio («Boletín Oficial del Estado» número 108, de 6 de mayo de 1995).

Tablas salariales para 1996

Salario

base

-

Pesetas / Complemento

-

Pesetas / Total

-

Pesetas / Trienio

-

Pesetas / Categoría

Director docente / 102.299 / - / 102.299 / 6.267

Profesor / 91.761 / 3.840 / 95.601 / 5.639

Oficial administrativo / 66.425 / 19.927 / 86.352 / 4.155

Auxiliar administrativo / 66.425 / 9.954 / 76.379 / 4.155

Aspirante (*) / - / - / - / 2.690

Mecánico / 66.425 / 13.063 / 79.488 / 4.155

Conductor / 66.425 / 13.063 / 79.488 / 4.155

Limpieza / 64.920 / - / 64.920 / 4.155

(*) La retribución del Aspirante se corresponderá con la del Aprendiz que figura en el artículo 26.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/05/1996
  • Fecha de publicación: 25/05/1996
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio aprobado por Resolución de 21 de abril de 1995 (Ref. BOE-A-1995-10874).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Escuelas de Conductores

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