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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 3 de la Orden del Ministerio de Defensa número 54/1982, de 16 de marzo, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Primera) La Coruña, en el recurso número 1.167/1995, interpuesto por don Emilio Horjales Beneitez, sobre indemnización por residencia eventual.
Madrid, 16 de mayo de 1996.-P. D., el Director general de Personal, José de Llobet Collado.
Excmo. Sr. Almirante Jefe del Mando de Personal. Dirección de Gestión de Personal. Cuartel General de la Armada.
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