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Documento BOE-A-1996-1303

Resolución de 27 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial, por la que se designa al Centro Nacional de Medios de Protección de Sevilla del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, como Organismo Autorizado a efectos de lo previsto en el Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 19 de enero de 1996, páginas 1758 a 1758 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-1303

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 245/1989, de 27 de febrero, sobre determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra, establece el procedimiento de aprobación CE de tipo por el cual un Organismo autorizado a tal efecto, constata, mediante pruebas, y acredita, por el correspondiente certificado, que un tipo de material satisface las disposiciones del presente Real Decreto.

Por otra parte, el citado Real Decreto autoriza, en su artículo 6.º, a la Dirección General de Política Tecnológica, actualmente Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial, por el Real Decreto 1335/1994 de 20 de junio, de Estructura Orgánica del Ministerio de Industria y Energía, para que por Resolución designe los Organismos autorizados para la aprobación CE de tipo.

Vista la solicitud formulada por el Director del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, con domicilio social en Madrid, calle Torrelaguna, número 73, para la calificación como organismo autorizado del Centro Nacional de Medios de Protección de Sevilla y considerando que en la tramitación del expediente se han seguido las normas establecidas en las disposiciones reglamentarias vigentes.

Esta Dirección General, en aplicación de los dispuesto por el artículo 6.º del citado Real Decreto, ha resuelto acreditar y designar al laboratorio del Centro Nacional de Medios de Protección de Sevilla como organismo autorizado para que desarrolle las funciones que, para estos organismos, se prevén en el citado Real Decreto a través de las directivas comunitarias que se relacionan en su anexo I.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 27 de diciembre de 1995.-El Director general, José Antonio Fernández Herce.

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