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Documento BOE-A-1996-13039

Resolución de 23 de mayo de 1996, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, Especialidad de Administración Tributaria, para el personal a que se refiere el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración de la primera prueba de la fase de oposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 8 de junio de 1996, páginas 19004 a 19004 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-13039

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo establecido en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 28) y en la base 4.1 de la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 26 de marzo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de abril) por la que se convocan pruebas selectivas sobre integración del personal laboral informático en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, Especialidad de Administración Tributaria, esta Presidencia resuelve:

Primero.-Aprobar la lista provisional de admitidos y excluidos a las citadas pruebas. La lista de aspirantes admitidos se encontrará expuesta en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y en el Ministerio de Economía y Hacienda.

Segundo.-Publicar la lista provisional de aspirantes excluidos a estas pruebas que figura como anexo a esta Resolución, con expresión de las causas de exclusión.

Tercero.-Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos, por no figurar en la lista de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos. Concluido este plazo se hará pública la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el número de orden que corresponde a cada uno de los aspirantes admitidos.

Dicha lista se expondrá en los mismos Centros que se indican en el apartado primero de esta Resolución.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

Cuarto.-La celebración de las sesiones constitutivas de la primera prueba de la fase de oposición, comenzará el día 23 de julio a las dieciséis treinta horas, en la sede de la Escuela de Hacienda Pública, sita en la Avenida Cardenal Herrera Oria, número 378, de Madrid, en el aula que se indique en el tablón de anuncios.

La lista de convocados a la primera sesión de la primera prueba se anunciará al publicar la lista definitiva de admitidos, según el número de orden a que se refiere el apartado tercero.

Para realizar el ejercicio será requisito indispensable que los aspirantes concurran provistos del documento nacional de identidad o documentación equivalente, que acredite de forma indudable su personalidad.

Madrid, 23 de mayo de 1996.-El Presidente, Juan Costa Climent.

Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal.

ANEXO

Lista provisional de excluidos

Documento nacional de identidad: 2.082.601. Apellidos y nombre: Carbayo García, Catalina. Causa exclusión: 3.

Documento nacional de identidad: 628.068. Apellidos y nombre: García Albares, Francisco Javier. Causa exclusión: 1, 2.

Documento nacional de identidad: 15.154.890. Apellidos y nombre: Torre Benito, María Rosario. Causa exclusión: 3.

Documento nacional de identidad: 2.872.943. Apellidos y nombre: Viñas Giralt, Ana María. Causa exclusión: 3.

Claves de exclusión

1. No encontrarse en posesión de la titulación requerida (Base 2.1.3).

2. No aportar copia compulsada del contrato de trabajo (Base 3.1.b).

3. No haber sido clasificado el puesto de trabajo como correspondiente al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática (Base 2.1.6).

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